Los profesores del turno vespertino del plantel 9 elaboraron la siguiente carta a profesores del Colegio de Bachilleres para que no se dejen intimidar por las autoridades con el fin de que asistan a ciertos lugares fuera de los planteles y girarles instrucciones de dar clases virtuales a los alumnos.
Profesores, es importante que sepan que de ninguna manera los pueden obligar a dar clases virtuales y que incluso esto sería ilegal ya que estamos en periodo de huelga. Si los han amenazado acudan a los campamentos o escriban para hacer sus denuncias. Cabe mencionar que en los campamentos se necesita apoyo de profes sindicalizados y no sindicalizados como donar despensa o asistir a las guardias, boteos y volanteos.
A continuación la carta a profesores, y adelante más información:
Amigo profesor:
Los compañeros académicos y administrativos del colegio de bachilleres, afiliados al sindicato independiente nacional de trabajadores del colegio de bachilleres SINTCB te mandamos un cordial saludo y te damos la siguiente información.
Las autoridades del colegio están circulando dos cartas, a través de la Internet, (dirigidas a profesores y alumnos del colegio de bachilleres) ambas fechadas el día 19 de octubre de 2009, con la invitación a realizar trabajos extra-muros, con el argumento de un supuesto apoyo al aprendizaje de los alumnos.
Además están invitando por medio de los jefes de materia a los compañeros no sindicalizados a una reunión, con la intención de chantajear (descuentos salariales), desinformar (dando otros motivos de la huelga) e intentar desvirtuar el movimiento legitimo de huelga que lleva a cabo el SINTCB.
Por lo anterior te queremos anticipar:
1 El articulo 123 constitucional protege tu derecho al trabajo y la organización social para la defensa del mismo.
2 El apartado “A” del mismo articulo (al cual pertenecemos todos los trabajadores del colegio) nos reconoce el derecho a huelga
3 La ley federal del trabajo en el titulo tercero, apartado VII, obliga a la parte patronal a PAGAR EL SALARIO INTEGRO, a no suspenderlo, a no condicionarlo, prohíbe la imposición de multas y descuentos, además de consagrarlo como un DERECHO IRRENUNCIABLE.
4 El contrato colectivo de trabajo del colegio de bachilleres en su cláusula primera la da protección a TODOS los trabajadores académicos y administrativos. En su cláusula quinta establece los derechos de los trabajadores como IRRENUNCIABLES, y en la cláusula sexta OBLIGA AL COLEGIO A RESPETAR LA LEY Y EL CONTRATO COLECTIVO.
Por lo antepuesto te recordamos que ninguna autoridad te puede amenazar, condicionar o chantajear con tu derecho al trabajo, al salario o a cualquier otra prestación y, en caso de que lo intenten te puedes acercar a nosotros. Con gusto te asesoraremos y defenderemos tus derechos laborales.
Te invitamos a que te acerques a los campamentos sindicales que se encuentran en todos los planteles para que aclares cualquier duda y obtengas información.
Finalmente te proponemos las siguientes reflexiones
El colegio en su carta establece el interés por el desarrollo académico del alumno, entonces ¿Porqué redujo contenidos y profundidad en sus programas de asignatura?, ¿Porqué impuso la RIEMS para convertir a nuestra institución en un bachillerato tecnológico terminal, quitándole su carácter propedéutico? Asimismo alega un proceso homologación, ¿Acaso se le olvida el convenio de noviembre de 2007 en donde se compromete a no homologar? Y si ya nivelo los salarios académicos ¿Porqué el profesor CB I sigue ganando lo mismo que hace cuatro años?, ¿Porqué sigue diciendo que los profesores de nuevo ingreso son no definitivos, y les paga con la clave 3097 que es la clave de CB I(es decir base)?, si no hay afectación al personal administrativo ¿Porqué congelo sus plazas?
Recuerda que todos los beneficios que gane el sindicato se aplican a todos los trabajadores.
Atentamente
S I N T C B
Por la unidad y democracia sindicales
Sección XVIII
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